Hoy queremos hacernos eco de una reciente sentencia del Tribunal Supremo en la que se produce una elevación de las penas en caso de denuncias falsa dentro de los procedimientos de violencia de género, lo que supone una importante evolución jurisprudencial con la que se pretende equilibrar la protección legislativa que se está desarrollando para amparar a las personas que han sufrido maltrato.
El Alto Tribunal considera que en los supuestos en los que la denuncia por violencia de género se ratifica y se obliga a pasar por juicio al denunciado, debe condenarse por un delito de falso testimonio y no por una mera denuncia falsa, lo que supone un evidente endurecimiento de las penas.
Conviene recordar que nuestro Código Penal castiga la denuncia falsa con una multa, mientras que la pena por falso testimonio tiene un marco penal de uno a tres años de cárcel, además de ir acompañada de multa.
Esta sentencia se produce como consecuencia de un recurso de un afectado por una denuncia falsa que solicitaba una multa y seis años de prisión para su mujer, el cual ha sido resuelto por el Tribunal Supremo acordando la imposición, además de la indemnización, una pena de año y medio de cárcel, por cuanto que la Sala de lo Penal considera que cuando se llega a juicio ya no es una simple denuncia falsa, sino que debe ser tratado como un delito de falso testimonio.
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