17 de abril de 2017

Este tema es un viejo conocido de las noticias e incluso ha ocupado portadas en los periódicos nacionales, hablamos de los amaños de partidos de fútbol. Alrededor de este deporte hay toda una serie de factores e intereses que lo hacen aún más popular, son las famosas apuestas.

Es noticia de actualidad, que algunos de los jugadores y entrenadores de un equipo de Segunda División B, en concreto el “Eldense” junto con un grupo inversor, han amañado presuntamente el resultado de los partidos para obtener unos beneficios desorbitados en las apuestas.

Estos hechos están siendo ya investigados en el Juzgado de Instrucción número 1 de Elda (Alicante), y pueden ser constitutivos de delito, en concreto, delito de corrupción entre particulares y de pertenencia a organización criminal.

Con respecto al primero de estos delitos, viene previsto en el artículo 286 Bis, apartado cuarto de nuestro código penal. En él se castiga con penas de prisión de 6 meses a 4 años a todo aquel que dentro de una “entidad deportiva” tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba de especial relevancia económica.

El segundo de los delitos imputados en el “Caso Eldense” es el de organización criminal, este grave delito viene recogido en el artículo 570 y ss del código penal, y sanciona con penas de hasta 8 años de cárcel a las organizaciones estables que tengan como objetivo la comisión de delitos.

¡Esperamos haber ayudado a comprender mejor este tipo de noticias y delitos!

 

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