En este post os vamos a hablar sobre la prevención de los riesgos laborales por parte de las empresas aprovechando una de las noticias mas recientes y polémicas. Hablamos de la multa de 5.120€ que ha recibido la empresa nacional CORREOS por no facilitar CREMA DE PROTECCION SOLAR A SUS CARTEROS.

Pues bien, antes de valorar la sentencia, hemos de decir que las empresas están obligadas a tener un plan de prevención de riesgos laborales que se encuentre actualizado y que prevea todos los posibles riesgos para sus trabajadores. En caso de que una empresa tenga un plan de prevención que no contemple todos los riesgos o que se encuentre desfasado puede suponer la imposición de grandes multas como consecuencia de una inspección de trabajo, como es el caso de la sentencia que analizamos.

La razón de exigir este plan de prevención no es otro que la seguridad del trabajador, así como evitar accidentes de cualquier índole, para ello, se deberá dar información suficiente al trabajador en relación con su puesto de trabajo o facilitar los elementos de protección y material necesario dependiendo de la actividad de cada trabajador.

En el caso que relatamos, el tribunal considera que se produce una falta grave al omitir en la evaluación de riesgos laborales el suministro de protección solar a los carteros de Las Palmas de Gran Canaria pues están expuestos constantemente al sol. Como contra-alegación, Correos sostiene que si se evaluó pues se prevé un cambio de uniforme en los meses de verano, así como la utilización de gorra.

En cualquier caso, y a pesar de la llamativa noticia, la evaluación de riesgos laborales y el plan con el que cuente cada empresa resulta un hecho fundamental que en caso de incumplimiento, puede dar lugar a grandes multas e incluso responsabilidades de índole penal.

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