7 de abril de 2015

Tras la reciente modificación del Código Penal -publicada el pasado 27 de marzo en el BOE- se introduce como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica la existencia de un programa de prevención (denominado programa de compliance penal), que conlleve una reducción significativa del riesgo de comisión de delitos. Se trata de realizar un protocolo de actuación en las empresas para prevenir la comisión de delitos. Si existe este programa de compliance y se demuestra que ha habido una actuación diligente, la persona jurídica queda exenta de pena.

Como especialistas en Derecho Penal, en Vicente Tovar Abogados podemos asesorarte para redactar el programa de prevención o compliance que mejor satisfaga los intereses de tu empresa.  ¿Quieres contactar con nosotros? Te atenderemos con mucho gusto, ya sea personalmente (con cita previa), por teléfono: 958 102 090  o por email: info@vicentetovar.com

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