18 de septiembre de 2017

Hoy queremos tratar un tema en el que nuestro despacho está muy especializado, y es la defensa en la protección que se debe dar a los datos  de carácter personal, y la posible vulneración que de la misma se haga por parte de organismos, empresas, particulares, etc. En concreto, se ha hecho pública la noticia de la sanción impuesta a la empresa Facebook por parte de La Agencia Española de Protección de Datos, en la que se sanciona con 1.200.000 euros a esta empresa por el uso que Facebook ha dado a los datos que recaba en su red social,  sobre  ideología, sexo, creencias religiosas, gustos personales o navegación sin informar de forma clara acerca del uso y finalidad que le va a dar a los mismos. En concreto, ha verificado que la red social trata datos especialmente protegidos con fines de publicidad, entre otros, sin obtener el consentimiento expreso de los usuarios como exige la normativa de protección de datos, infracción tipificada como muy grave en la LOPD.

La Agencia de Protección de Datos también ha confirmado que los usuarios no son informados de que se va a tratar su información mediante el uso de cookies -algunas de uso específicamente publicitario y alguna de uso declarado secreto por la compañía- cuando navegan por páginas que no son de Facebook y que contienen el botón ‘Me gusta’.

Esta situación también se produce cuando los usuarios no son miembros de la red social pero han visitado alguna vez una de sus páginas, así como cuando usuarios que sí están registrados en Facebook navegan por páginas de terceros, incluso sin iniciar sesión en Facebook. En estos casos, la plataforma añade la información recogida en dichas páginas a la que figura asociada a su cuenta en la red social. Por ello, la AEPD considera que la información facilitada por Facebook a los usuarios no se ajusta a la normativa de protección de datos.

La Agencia también ha constatado que la política de privacidad de Facebook contiene expresiones genéricas y poco claras, y obliga a acceder a multitud de enlaces distintos para conocerla.

Finalmente, la Agencia ha podido comprobar que Facebook no elimina la información que recoge a partir de los hábitos de navegación de los usuarios, sino que la retiene y reutiliza posteriormente asociada al mismo usuario. En relación con la conservación de datos, cuando un usuario de la red social ha eliminado su cuenta y solicita el borrado de la información, Facebook capta y trata información durante más de 17 meses a través de una cookie de la cuenta eliminada. Por ello, la AEPD considera que los datos personales de los usuarios no son cancelados en su totalidad ni cuando han dejado de ser útiles para el propósito para el que se recogieron ni cuando el usuario solicita explícitamente su eliminación, conforme a las exigencias de la LOPD, lo que representa una infracción tipificada como grave.

 

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