8 de mayo de 2019

Estamos a la expectativa de la sentencia del Tribunal Europeo con respecto a las hipotecas referenciadas al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) pues la resolución tendrá un efecto directo sobre todos aquellos que tengan concertado ese tipo de interés en sus préstamos hipotecarios.

De hecho, si el TJUE declara finalmente nulo el índice, el sector bancario español podría tener que afrontar un coste de entre 7.000 y 44.000 millones de euros, como parece que ha adelantado algunos especialistas bancarios, pues se calcula por las asociaciones de usuarios de banca que hay unos 900.000 clientes afectados.

El planteamiento efectuado al TJUE se centra en dar respuesta sobre si el IRPH es comprensible para el consumidor y si resulta necesario y exigible a las entidades dar la información detallada para la comercialización a los consumidores. Además de establecer, en caso de declararlo nulo, si es de aplicación el EURIBOR como sustitutivo o se deja como un préstamo sin interés.

A nuestro parecer es que, lo más probable, el TJUE confirme que el IRPH sí está sujeto al control de transparencia, siguiendo los anteriores pronunciamientos de este Tribunal, lo que supondrá un nuevo “tirón de orejas” al Tribunal Supremo (como sucedió con las cláusulas suelo) pues éste declaró la validez de la cláusulas porque consideraba que resultaban perfectamente comprensibles para el consumidor sin necesidad de información.
De ser así, se abriría la vía a los miles de afectados por IRPH para reclamar su nulidad, pudiendo recuperar todo lo pagado indebidamente.

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