13 de marzo de 2017
¿Qué tienes que hacer si te tocó pagar el impuesto a pesar de haber perdido dinero en la venta? Antes de nada tienes que asegurarte de que cumples las condiciones necesarias para poder hacer la reclamación, puesto que no todos los afectados podrán reclamar lo pagado:
La primera es haber perdido dinero con la transmisión del inmueble. Esto no garantiza la devolución, pero es una condición necesaria para poder hacer la reclamación.
La segunda es que la venta se haya producido con posterioridad a marzo de 2.013. Si la venta se hizo antes, el plazo habría prescrito y no se podría reclamar nada.
Hasta el momento, nuestro sistema de cálculo de la plusvalía se realiza sobre unos datos objetivos (el valor catastral y el número de años en los que hemos sido titulares del inmueble), sin permitir al contribuyente prueba en contrario sobre la existencia o no de incremento sobre el valor de adquisición, por lo que se ha generado un sistema que resulta claramente confiscatorio y que choca frontalmente con el principio de proporcionalidad contributiva consagrado en el artº 31 de la CE.
Con la reciente Sentencia de 16 de febrero de 2.016 se pone en evidencia la injusticia de dicha situación, por lo que animamos a todos aquellos que esteis interesados en realizar la reclamación que os pongáis en contacto con nosotros.
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