División de una herencia entre hermanos: qué pasa si no hay acuerdo

División de una herencia entre hermanos..
La división de una herencia suele ser uno de los momentos más conflictivos dentro de una familia. Tras la pérdida de un progenitor, los hijos se convierten en herederos forzosos, pero lo que debería ser un trámite de reparto de bienes se transforma muchas veces en una fuente de disputas. Diferencias sobre el valor de una vivienda, el uso de una finca o la adjudicación de cuentas bancarias pueden bloquear el proceso. En este artículo vamos a explicarte cómo funciona la división de una herencia entre hermanos en España y qué sucede cuando no se llega a un acuerdo.

De la aceptación de la herencia al inicio del reparto

Cuando fallece una persona, se abre su sucesión. El Código Civil (CC) establece que los herederos suceden al causante en todos sus derechos y obligaciones desde el momento de la muerte (artículo 661 CC). Sin embargo, para poder disponer de los bienes es imprescindible que acepten la herencia, ya sea pura y simplemente o a beneficio de inventario (artículo 998 CC). Cuando un heredero no acepta ni repudia, para desbloquear esta situación, cualquier interesado puede acudir al notario y solicitar la interpelación hereditaria (artículo 1005 CC), que da al heredero un plazo 30 días para pronunciarse. Si no lo hace, se entiende aceptada pura y simplemente. Una vez aceptada, llega el momento de la partición de la herencia, es decir, el reparto de los bienes. Aquí es donde suelen aparecer los problemas: mientras unos prefieren vender los bienes y repartirse el dinero, otros quieren conservarlos. O bien surgen diferencias sobre el valor de la casa familiar, sobre las joyas de la madre o sobre la distribución de cuentas bancarias. Hasta que se practique la partición, los herederos forman una comunidad hereditaria, en la que todos son cotitulares de una cuota abstracta sobre el conjunto del patrimonio. Esto significa que ningún hermano puede atribuirse por sí mismo bienes concretos, ni venderlos, ni hipotecarlos

¿Qué ocurre si los hermanos no se ponen de acuerdo?

Si los herederos están de acuerdo, basta con acudir a una notaría y otorgar la escritura de partición. Sin embargo, el problema surge cuando hay discrepancias entre los distintos herederos.

Intentos de acuerdo extrajudicial

Antes de acudir a los tribunales, la ley y la práctica recomiendan agotar las vías de consenso:
  • Negociación y mediación familiar: el primer paso siempre debería ser intentar un acuerdo amistoso. A veces, la ayuda de un abogado o de un mediador permite acercar posturas. Por ejemplo, un hermano puede quedarse con la vivienda compensando económicamente a los demás, o todos pueden decidir vender el inmueble y repartir el precio obtenido.
  • Nombramiento de contador-partidor dativo: si el testador lo ha previsto en su testamento, puede haber designado a un contador-partidor, una figura regulada en el artículo 1057 CC que se encarga de realizar la partición de los bienes sin necesidad del consentimiento de todos los herederos. Si no lo hubiera, los coherederos pueden acudir al notario y solicitar que nombre un contador-partidor dativo cuando representen al menos el 50% del caudal hereditario.
  • Acuerdos notariales: la escritura de partición otorga plena seguridad jurídica y evita posteriores impugnaciones.
Desde abril de 2025, además, la Ley Orgánica 1/2025 exige acreditar haber intentado un medio adecuado de solución de controversias (MASC) —como la mediación o la conciliación— antes de presentar una demanda. Sin este requisito, el juzgado no la admitirá a trámite.

La división judicial de la herencia

Cuando el consenso es imposible, cualquier heredero puede acudir a la vía judicial, conforme a los artículos 782 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). El procedimiento incluye varias fases:
  1. Demanda y documentación: uno o varios de los coherederos presentan la demanda  solicitando la división de la herencia ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del fallecido (causante), acompañada de certificados de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos.
  2. Formación de inventario: bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia, se convoca a los herederos para inventariar activos y pasivos. Si hay desacuerdo sobre la existencia o valor de bienes, se practican pruebas.
  3. Nombramiento de contador-partidor judicial y peritos: el juez, cuando no lo haya dejado preestablecido el causante y no haya acuerdo, nombra a un contador-partidor judicial. En muchos casos, se necesita además la intervención de peritos tasadores para valorar inmuebles, empresas familiares, obras de arte o cualquier otro bien con relevancia económica.
  4. Valoración y propuesta de partición: se asigna un valor económico a los bienes y se formulan lotes. El contador-partidos elabora una propuesta objetiva de reparto. Si algún bien es indivisible, se adjudica a uno compensando a los demás o se ordena su venta en subasta.
  5. Impugnaciones y resolución judicial: los herederos pueden oponerse e impugnar la partición propuesta. El juez decide y, en su caso, aprueba la partición definitiva, adjudicando así los bienes y derechos a los distintos coherederos.

¿Qué implica que un inmueble sea de varios herederos?

Cuando un inmueble se adjudica a varios herederos, pasa a estar en comunidad de bienes, una situación regulada en el artículo 392 CC, que establece que existe comunidad cuando la propiedad de una cosa pertenece proindiviso a varias personas. Esto significa que cada heredero es dueño de una cuota abstracta sobre el conjunto del inmueble, pero no de una parte física determinada. Por ejemplo, si tres hermanos heredan una vivienda, cada uno será titular de un tercio indiviso. Esta cuota les otorga derechos (usar el inmueble según su destino, participar en las decisiones, recibir beneficios como rentas de alquiler) y obligaciones (contribuir a gastos de mantenimiento, impuestos y cargas).

¿Se puede vender el piso heredado si no hay acuerdo?

La respuesta es no. Para los actos de disposición, como la venta del inmueble, la ley exige unanimidad de todos los copropietarios. 

Si no hay consenso, ningún heredero está obligado a permanecer en la comunidad: cualquiera puede solicitar la división de la cosa común.

Soluciones extrajudiciales posibles

Antes de llegar a un pleito, conviene agotar las vías amistosas:

    • Venta voluntaria del inmueble y reparto del precio.
    • Subasta notarial voluntaria: un procedimiento ágil y transparente mediante el Portal de Subastas del BOE.
    • Extinción de condominio por adjudicación: un heredero adquiere el bien y paga a los demás su parte en dinero.

¿Puede un heredero vender su parte a un tercero?

Sí. Cualquier copropietario puede vender su cuota indivisa a un tercero. El comprador pasa a ocupar su misma posición en la comunidad, aunque no puede exigir el uso exclusivo del inmueble.

Para proteger a los coherederos, el artículo 1522 CC reconoce su derecho de tanteo y retracto:

    • Tanteo: antes de vender a un extraño, debe ofrecerse la cuota a los demás en las mismas condiciones.
    • Retracto: si la venta ya se hizo sin ofrecerla, los coherederos pueden subrogarse pagando el mismo precio.

La acción de división de cosa común

Si el bloqueo es total, cualquiera de los herederos puede acudir a la vía judicial para pedir la división de la cosa común (artículo 400 CC). Como las viviendas son indivisibles, la consecuencia suele ser la venta en subasta judicial y reparto del precio entre los coherederos.

Desde abril de 2025, además, la Ley Orgánica 1/2025 exige acreditar que se ha intentado un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC), como la mediación, conciliación u oferta vinculante confidencial, antes de presentar la demanda. Sin este requisito, el juzgado no admitirá el procedimiento.

La venta en subasta, aunque desbloquea la situación, suele implicar una pérdida económica porque los precios de adjudicación suelen estar por debajo del mercado. No obstante, es el recurso que garantiza poner fin al bloqueo.

Consecuencias económicas y fiscales de no llegar a un acuerdo

No resolver una herencia bloqueada acarrea consecuencias importantes:
  • Mayor coste económico: el procedimiento judicial implica gastos de abogados, procuradores, peritos y tasas.
  • Dilación en el tiempo: mientras que una partición notarial puede resolverse en semanas, un pleito puede durar años.
  • Deterioro de las relaciones familiares: los conflictos sucesorios suelen dejar huella en los lazos entre hermanos.
  • Consecuencias tributarias: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones debe liquidarse en 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables otros 6). Aunque no haya partición, el plazo corre y obliga a pagar. Además, en transmisiones posteriores de los bienes heredados se suman la plusvalía municipal y, en su caso, la tributación en IRPF por ganancias patrimoniales.
  • Mantenimiento de los bienes: gastos de IBI, comunidad, seguros o reparaciones deben abonarse por todos los herederos en proporción a su cuota. La falta de acuerdo puede convertir la herencia en una carga.
  • Devaluación del patrimonio: la paralización puede reducir el valor de los bienes, especialmente inmuebles.
  • Conflictos familiares: el pleito judicial desgasta las relaciones, a menudo de forma irreversible.

Cómo prevenir los conflictos entre hermanos

La mejor manera de evitar disputas es prever el reparto en el testamento. El testador puede designar a un contador-partidor, adjudicar bienes concretos a determinados hijos o incluso establecer la venta de ciertos bienes para repartir el dinero. Además, es recomendable acudir desde el inicio a un abogado especializado en herencias, que asesore a los herederos sobre sus derechos y obligaciones, evitando malentendidos y bloqueos.

Conclusión

La división de una herencia entre hermanos sin acuerdo es un terreno complejo donde se cruzan lo jurídico, lo económico y lo emocional. Existen mecanismos para desbloquear estas situaciones: desde la interpelación hereditaria y la mediación, hasta el nombramiento de contador-partidor o la vía judicial. Pero cuanto más tarde se resuelva, más costes y tensiones se acumulan. Por eso, lo recomendable es anticiparse: un testamento bien diseñado y la voluntad de negociar son la mejor garantía para evitar que la herencia degenere en un conflicto familiar y judicial.